La unión Europea acuerda medidas más estrictas para controlar el uso de blanqueadores dentales
La Unión Europea ha acordado medidas más estrictas para el uso de determinados blanqueadores dentales y prohibirá los que contengan más de un 6% de perióxido de hidrógeno en su composición, con el objetivo de garantizar la seguridad de los productos en el mercado comunitario.
Hasta ahora, las normas europeas establecían que los cosméticos para blanquear la dentadura sólo podían incluir en su composición un máximo del 0,1% de perióxido de hidrógeno (principal ingrediente de este tipo de fórmulas de blanqueado). Sin embargo, en la práctica, existía un uso extendido de productos con niveles superiores de esta sustancia, a menudo, de forma poco segura para los pacientes.
El Consejo de Dentistas de España y el Consejo Europeo de Dentistas ya habían alertado repetidamente de los riesgos que los tratamientos de blanqueamiento dental, sin la supervisión del dentista, pueden tener para la salud. Asimismo, habían solicitado a la Unión Europea una regulación apropiada en materia de blanqueamiento dental en consonancia con la recomendación del Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC), que sostiene que la seguridad de los productos con elevadas concentraciones se encuentra en su uso tras un examen clínico y bajo la supervisión del odontólogo.
Siguiendo la decisión de los Veintisiete, se llevará a cabo una revisión de la directiva comunitaria para que los blanqueadores con hasta un 0,1% de perióxido de hidrógeno sigan siendo libremente accesibles al consumidor en el mercado, según explica la Comisión en un comunicado. Sin embargo, se establece que el uso de productos con una concentración mayor de esta sustancia (entre un 0,1% y 6%) requerirá un examen clínico previo y su aplicación será llevada a cabo por parte de un odontólogo, con el fin de asegurar la ausencia de factores de riesgo o patologías orales.
Con ello, el dentista será el único autorizado a utilizar los blanqueadores con alta concentración de perióxido de hidrógeno en la primera fase del tratamiento. El profesional podrá autorizar al paciente a usar este producto en las siguientes fases, pero nunca si el paciente es menor de 18 años.
Los productos blanqueadores con concentraciones superiores al 6% seguirán estando prohibidos. Los Estados miembros tendrán 12 meses para trasladar esta directiva europea a su legislación nacional, tras su publicación en el Diario Oficial de la UE.
El Consejo Europeo de Dentista (CED) considera que esta medida supone un paso importante para garantizar la seguridad de los pacientes y eliminar cualquier incertidumbre sobre cómo y por quién debe ser aplicados los productos de blanqueamiento dental.